Responsabilidad civil en el ejercicio profesional de la Arquitectura y la Ingeniería

  • Arq. y abogado Sergio O. Bertone
  • 26 . 07 . 2017

En palabras de Bertone: "Comparto con Uds. mi reciente artículo realizado por encargo de la prestigiosa ed. jurídica La Ley, para el ejemplar de su revista sobre el C.C. y Com. donde se abordó por distintos autores la responsabilidad civil basada en el ejercicio de diversas profesiones. Yo fui seleccionado entre todos los autores argentinos para ocuparme de la de arquitectos e ingenieros, y acepté redactarlo si y solo si se admitía que me expresara, por así decirlo, de manera inusualmente desacartonada sobre el tema."

Introducción a la nota  Publicado en La Ley, Revista del C. Civ. y Com., año III n° 5, Junio de 2017, pags. 107/123

"Si se quiere ingresar al estudio de la responsabilidad de los profesionales de la construcción, preliminarmente han de aclararse algunas cuestiones: una, que con carácter previo a la existencia de una obra existe un proceso constructivo de extraordinaria complejidad, que si no se analiza a fondo, veda cualquier análisis; la otra, que ese proceso tiene agentes de la más diversa naturaleza (profesionales, empresarios, suministradores, el mismo comitente, etc.), y, finalmente, que no importa qué título se tenga, sino qué rol se desempeña en él. Lo cual conduce necesariamente a esclarecer qué roles a cargo de esos agentes constituyen ejercicio profesional. Consecuentemente, si se pretende abordar la temática antes aludida, ha de analizarse aquello que únicamente un arquitecto, ingeniero en especialidad habilitante, o -limitadamente- los maestros mayores de obra y otros técnicos, pueden realizar. No lo que cualquiera podría hacer"

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